Respuesta rápida: una empresa paraguaya no tiene un único “impuesto del 10%”. El IRE grava, con carácter general, la renta neta empresarial al 10%; el IVA grava muchas ventas y servicios, normalmente al 10% y en determinados casos al 5%; el IDU grava la distribución de utilidades al 8% si el beneficiario es residente y al 15% si es no residente; y el INR puede obligar a la empresa paraguaya a retener impuesto cuando paga determinadas rentas a personas o entidades del exterior.
Por eso la pregunta “¿cuánto paga una empresa en Paraguay?” no se responde correctamente con un único porcentaje.
La secuencia real puede ser:
actividad → beneficio empresarial → IRE → distribución de utilidad → IDU → pagos al exterior → posible INR.
El IVA funciona en paralelo sobre las operaciones gravadas y no debe confundirse con un impuesto sobre el beneficio.
IRE, IVA, IDU e INR: qué grava cada uno
| Impuesto | Qué grava | Tasa principal | Momento típico |
|---|---|---|---|
| IRE | Renta empresarial neta | 10% | Cierre del ejercicio |
| IVA | Ventas, servicios e importaciones gravadas | 10% general / 5% casos específicos | Operación y liquidación periódica |
| IDU | Dividendos y utilidades distribuidas | 8% residente / 15% no residente | Cuando se ponen a disposición/distribuyen |
| INR | Rentas paraguayas obtenidas por no residentes | 15% sobre una base legal que varía | Pago, remesa o puesta a disposición |
La lectura correcta es que estos impuestos pueden aparecer en capas diferentes.
Un mismo guaraní de facturación no paga automáticamente IRE + IVA + IDU + INR. Cada impuesto tiene un hecho generador distinto.
1. IRE: Impuesto a la Renta Empresarial
El IRE grava las rentas, beneficios o ganancias de fuente paraguaya provenientes de actividades económicas primarias, secundarias y terciarias, incluidas actividades:
- comerciales;
- industriales;
- agropecuarias;
- forestales;
- de servicios;
- otras actividades empresariales.
La tasa general establecida por el artículo 21 de la Ley N.º 6380/2019 es:
10% sobre la renta neta.
No es un 10% sobre toda la facturación.
De forma simplificada:
Ingresos gravados – costes y gastos fiscalmente deducibles = renta neta → 10% IRE.
Ejemplo sencillo
Una EAS factura Gs. 1.000 millones y tiene Gs. 600 millones de costes y gastos fiscalmente deducibles.
Renta neta simplificada:
Gs. 400 millones.
IRE teórico:
Gs. 40 millones.
El ejemplo no sustituye la liquidación fiscal real, porque contabilidad y fiscalidad pueden diferir en amortizaciones, gastos no deducibles, operaciones vinculadas, diferencias de cambio y otros ajustes.
2. ¿Paraguay solo grava a la empresa por lo que hace dentro del país?
El sistema paraguayo es territorial, pero en el IRE la regla es más amplia de lo que suele resumirse en internet.
El artículo 6 de la Ley 6380 considera de fuente paraguaya las rentas provenientes de:
- actividades desarrolladas en Paraguay;
- bienes situados en Paraguay;
- derechos utilizados económicamente en Paraguay.
También incluye reglas específicas sobre, entre otras:
- asistencia técnica, gestión, publicidad y servicios técnicos/logísticos prestados en Paraguay;
- derechos utilizados en Paraguay;
- determinadas rentas financieras exteriores de una empresa residente;
- dividendos recibidos de entidades del exterior;
- determinadas actividades realizadas en el exterior por contribuyentes del IRE.
De hecho, la ley dispone que determinadas actividades desarrolladas en el exterior por un contribuyente del IRE también se consideran de fuente paraguaya, salvo que por ellas se haya pagado en el exterior un impuesto a la renta a una tasa igual o superior al IRE, bajo los requisitos previstos legalmente.
Por eso una sociedad paraguaya con clientes extranjeros no debería partir de la premisa:
“cliente extranjero = ingreso empresarial no gravado”.
Consulta nuestra guía sobre trabajar desde Paraguay para clientes extranjeros.
3. Qué gastos puede deducir una empresa para el IRE
La Ley 6380 exige, como regla general, que el gasto:
- sea necesario para obtener y mantener la fuente productora;
- represente una erogación real;
- esté debidamente documentado;
- haya cumplido las retenciones correspondientes cuando procedan.
Entre los conceptos que pueden resultar deducibles si cumplen los requisitos están:
- mercaderías e insumos;
- servicios necesarios para la actividad;
- publicidad;
- telecomunicaciones;
- seguros;
- fletes;
- remuneraciones;
- cargas sociales;
- determinados intereses y alquileres;
- depreciaciones;
- amortizaciones;
- gastos de constitución y reorganización.
La palabra importante es “deducible”.
Que la empresa haya pagado algo no significa que fiscalmente pueda restarlo siempre de la renta.
4. IRE General, SIMPLE y RESIMPLE no son lo mismo
El sistema contiene varios regímenes.
IRE General
Es el régimen habitual de sociedades como EAS, SA y SRL cuando realizan actividades empresariales.
La tasa es 10% sobre renta neta.
IRE SIMPLE
Es un régimen simplificado para determinados contribuyentes admitidos por la ley, con ingresos del ejercicio anterior de hasta Gs. 2.000 millones.
La tasa también es 10% sobre la renta neta determinada conforme a sus reglas.
No debe asumirse que una EAS puede elegir SIMPLE: la elegibilidad depende del tipo de contribuyente y de las condiciones legales.
IRE RESIMPLE
Está dirigido a pequeñas empresas unipersonales con ingresos dentro del límite legal del régimen.
Funciona mediante cuotas simplificadas y no es el régimen ordinario de una sociedad EAS, SA o SRL.
Por tanto, para un extranjero que constituye una EAS, el punto de partida suele ser analizar IRE General, no extrapolar el RESIMPLE de una microempresa unipersonal.
5. IVA: impuesto sobre la operación, no sobre el beneficio
El IVA grava, entre otros hechos:
- enajenación de bienes;
- prestación de servicios;
- importación de bienes.
La tasa general es:
10%.
La Ley 6380 establece una tasa del 5% para determinados supuestos, entre ellos:
- alquiler de vivienda exclusivamente residencial;
- enajenación de inmuebles;
- determinados productos de la canasta familiar;
- determinados productos agropecuarios;
- medicamentos de uso humano.
Para todos los demás casos, la regla general es 10%.
Consulta nuestra guía específica sobre IVA en Paraguay.
6. IVA débito – IVA crédito: cómo funciona de forma simplificada
Una empresa no calcula el IVA del mismo modo que calcula el IRE.
De forma simplificada:
- IVA débito: IVA generado en ventas/servicios gravados;
- IVA crédito: IVA soportado en determinadas compras y gastos que reúnen los requisitos;
- IVA a ingresar: diferencia conforme a la normativa aplicable.
Ejemplo
La empresa factura servicios por Gs. 110 millones IVA incluido.
Base: Gs. 100 millones.
IVA débito: Gs. 10 millones.
Si dispone de Gs. 4 millones de IVA crédito fiscal admitido, el resultado simplificado sería:
Gs. 6 millones a ingresar.
El IVA cobrado al cliente no debería confundirse con beneficio empresarial.
7. ¿Si el cliente está fuera de Paraguay no hay IVA?
No existe esa regla general.
La Consulta Vinculante DNIT N.º 827/2025 analizó servicios profesionales prestados físicamente desde Paraguay a una empresa ubicada únicamente en España.
La DNIT concluyó que el servicio estaba alcanzado por IVA paraguayo.
Para determinar territorialidad, la Ley 6380 no toma como criterio único:
- país del cliente;
- domicilio de las partes;
- lugar de firma del contrato;
- lugar desde el que llega el pago.
Por eso “exporto servicios” no debe utilizarse como sinónimo automático de “IVA 0”.
8. IDU: el impuesto que aparece cuando repartes la utilidad
El Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades grava dividendos, utilidades y rendimientos puestos a disposición o pagados a propietarios, socios o accionistas.
Las tasas vigentes son:
- 8% cuando el perceptor es residente en Paraguay;
- 15% cuando el perceptor es no residente.
La DNIT recordó expresamente estas tasas en abril de 2026.
La empresa generadora actúa como agente de retención.
Por tanto, el accionista no debería calcular su carga mirando solamente el 10% de IRE de la sociedad.
9. IRE + IDU: cuánto queda al accionista
Veamos un ejemplo teórico con 100 de renta neta antes de IRE.
| Concepto | Socio residente | Socio no residente |
|---|---|---|
| Renta neta empresa | 100 | 100 |
| IRE 10% | -10 | -10 |
| Utilidad después de IRE | 90 | 90 |
| IDU | 8% de 90 = 7,2 | 15% de 90 = 13,5 |
| Neto recibido | 82,8 | 76,5 |
| Carga PY combinada teórica | 17,2% | 23,5% |
Este cálculo sirve para comprender las capas, pero no es una “tasa universal efectiva” aplicable a cualquier estructura.
Puede cambiar por:
- convenios de doble imposición;
- exenciones o beneficios especiales;
- naturaleza del beneficiario;
- reservas o capitalización;
- retenciones en otras operaciones;
- fiscalidad del país del socio.
Además, un accionista no residente puede tener que declarar el dividendo en su jurisdicción de residencia.
10. ¿Qué ocurre si la empresa reinvierte y no distribuye?
El IDU aparece por la distribución o puesta a disposición de las utilidades.
La Ley 6380 dispone que las utilidades destinadas a:
- reserva legal;
- reservas facultativas;
- capitalización;
no quedan sujetas al IDU en ese momento, sin perjuicio de las reglas aplicables cuando posteriormente exista rescate o distribución.
Esto crea una diferencia económica importante entre:
- empresa que reinvierte beneficio; y
- empresa diseñada para distribuir prácticamente toda la utilidad cada año.
Pero no debe capitalizarse artificialmente solo para evitar un impuesto si después el dinero se extrae mediante operaciones sin sustancia.
11. INR: cuando la empresa paraguaya paga a un no residente
El Impuesto a la Renta de los No Residentes grava rentas, ganancias o beneficios de fuente paraguaya obtenidos por personas o entidades no residentes.
La tasa legal es:
15%.
Pero aquí aparece uno de los mayores errores de interpretación:
15% de tasa INR no significa necesariamente 15% del pago bruto.
El artículo 75 establece bases netas presuntas diferentes según el tipo de renta.
La tasa del 15% se aplica sobre esa base legal.
12. Bases del INR y tipo efectivo sobre el bruto
| Tipo de renta | Base neta legal | INR 15% | Efectivo orientativo sobre bruto |
|---|---|---|---|
| Servicios personales/profesionales de no residente | 70% | 15% × 70% | 10,5% |
| Determinados préstamos no vinculados del exterior | 30% | 15% × 30% | 4,5% |
| Determinados servicios digitales/comunicación del exterior | 30% | 15% × 30% | 4,5% |
| Importes a socios, casa matriz o vinculadas no incluidos en reglas específicas | 100% | 15% × 100% | 15% |
| Otros conceptos residuales no excluidos | 100% | 15% × 100% | 15% |
Esta tabla es una simplificación de las bases del artículo 75.
Antes de retener hay que determinar:
- si la renta es de fuente paraguaya;
- qué numeral corresponde;
- si existe convenio de doble imposición;
- si hay alguna regla especial o excepción.
13. Pagos al exterior que una empresa debe revisar antes de transferir
El INR puede ser relevante cuando una empresa paraguaya paga al exterior conceptos como:
- servicios profesionales;
- servicios de una entidad extranjera vinculados a la actividad IRE;
- asistencia técnica;
- royalties o cesión de derechos utilizados en Paraguay;
- intereses;
- determinados servicios digitales;
- pagos a socios o entidades vinculadas;
- otros pagos de fuente paraguaya.
La empresa paraguaya suele actuar como agente de retención cuando paga, remesa o pone a disposición la renta al no residente.
Esto afecta también a la deducibilidad del gasto: la Ley 6380 exige que, cuando corresponde retener, la obligación se cumpla para que determinados gastos sean fiscalmente admitidos.
Por eso no conviene transferir al extranjero primero y preguntar después “¿había retención?”.
14. Los convenios pueden reducir la retención doméstica
Cuando Paraguay tiene un convenio de doble imposición vigente con el país del beneficiario, el resultado puede diferir de las tasas internas.
Por ejemplo, el Convenio España–Paraguay, aplicable con carácter general desde 2025, contiene límites propios para dividendos, intereses y royalties.
Esto significa que para un accionista español no siempre debe utilizarse mecánicamente el 15% doméstico de IDU sin comprobar:
- residencia fiscal del beneficiario;
- beneficiario efectivo;
- porcentaje de participación;
- período de tenencia cuando aplique;
- artículo concreto del convenio;
- cláusulas antiabuso.
El convenio no elimina el análisis doméstico; determina si la tributación paraguaya debe quedar limitada por el tratado.
15. ¿Una EAS paga IRE, IVA, IDU e INR?
Potencialmente sí, pero cada impuesto aparece únicamente si ocurre su hecho generador.
Una EAS típica puede:
- pagar IRE sobre su renta neta;
- liquidar IVA sobre operaciones gravadas;
- retener IDU si distribuye utilidad;
- retener INR si realiza determinados pagos a no residentes.
Eso no significa que todas las EAS paguen los cuatro impuestos todos los meses.
Ejemplo:
- si reinvierte y no distribuye → no hay IDU por una distribución inexistente;
- si no paga rentas sometidas a INR a extranjeros → no existe esa retención concreta;
- si una operación está exenta/no alcanzada → el tratamiento IVA puede diferir.
Consulta nuestra guía sobre abrir una empresa en Paraguay siendo extranjero.
16. Ejemplo completo: EAS de servicios con accionista extranjero
Imaginemos una EAS paraguaya que:
- presta servicios gravados desde Paraguay;
- tiene Gs. 1.000 millones de ingresos netos de IVA;
- soporta Gs. 600 millones de costes y gastos deducibles;
- obtiene Gs. 400 millones de renta neta;
- reparte todo el beneficio después del IRE a un accionista no residente.
Paso 1. IRE
Gs. 400m × 10% = Gs. 40m.
Utilidad posterior al IRE: Gs. 360m.
Paso 2. IDU doméstico
Si no existe reducción por convenio:
Gs. 360m × 15% = Gs. 54m.
Neto distribuido: Gs. 306m.
Paso 3. IVA
El IVA no se calcula sobre los Gs. 400m de beneficio.
Se determina por separado mediante IVA débito/crédito de las operaciones gravadas.
Paso 4. INR
Si durante el año la EAS pagó determinados servicios, intereses, royalties u otras rentas a no residentes, además tendrá que analizar las retenciones INR correspondientes.
Este ejemplo muestra por qué “10% de impuesto de sociedades” describe solo una parte de la fotografía.
¿Quieres saber cuánto pagaría realmente tu empresa en Paraguay?
Revisamos actividad, clientes, gastos, socios, residencia de los accionistas y pagos internacionales para modelar IRE, IVA, IDU e INR antes de constituir o trasladar la operación.
10 errores frecuentes sobre impuestos de empresas en Paraguay
1. “La empresa paga solo 10%”
El 10% es la tasa general del IRE sobre renta neta. IVA, IDU e INR responden a hechos distintos.
2. “El IRE es 10% de la facturación”
En régimen general es 10% sobre renta neta fiscal.
3. “Si el socio vive fuera, el dividendo no paga en Paraguay”
El IDU doméstico es 15% para no residentes, salvo que un convenio aplicable limite el resultado.
4. “IRE 10% + IDU 15% = 25%”
No exactamente: el IDU se aplica sobre la utilidad distribuida después del IRE. En el ejemplo simple, la carga combinada es 23,5%.
5. “Todo cliente extranjero implica IVA 0”
No. El lugar de prestación y las reglas del IVA son determinantes.
6. “INR siempre es 15% del pago bruto”
No. La tasa es 15%, pero la ley establece distintas bases netas presuntas.
7. “Pago un servicio al exterior y no tengo obligación porque el proveedor no está en Paraguay”
Precisamente el INR está diseñado para rentas paraguayas obtenidas por no residentes.
8. “Una EAS puede usar siempre RESIMPLE”
No. RESIMPLE es un régimen para pequeñas empresas unipersonales que cumplan sus condiciones.
9. “Si no reparto utilidades nunca existe un problema de extracción”
Retirar dinero mediante operaciones con socios sin causa real puede generar otros problemas fiscales y societarios.
10. “El convenio sustituye la ley paraguaya”
Primero se identifica el impuesto interno y luego se comprueba si el convenio limita o modifica la tributación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el impuesto de sociedades en Paraguay?
El IRE tiene una tasa general del 10% sobre la renta neta empresarial.
¿Una EAS paga 10% sobre su facturación?
No en IRE General. El 10% se aplica sobre la renta neta fiscal, no sobre la facturación bruta.
¿Qué IVA paga una empresa paraguaya?
La tasa general es 10%. Existe 5% para determinados bienes y operaciones expresamente previstos por la ley.
¿Cuánto paga un socio residente al recibir dividendos?
El IDU doméstico es 8% sobre los dividendos o utilidades distribuidos a residentes.
¿Y un socio no residente?
La tasa doméstica del IDU es 15%, aunque un convenio de doble imposición puede limitarla cuando se cumplen sus requisitos.
¿Cuál es la carga conjunta de IRE e IDU para un socio residente?
En un ejemplo sin otros ajustes y distribuyendo todo el beneficio, 10% de IRE seguido de 8% de IDU sobre los 90 restantes equivale a 17,2% sobre la renta inicial.
¿Y para un socio no residente?
Sin convenio, 10% de IRE seguido de 15% sobre los 90 restantes produce una carga paraguaya combinada teórica del 23,5%.
¿Qué es el INR?
Es el impuesto que grava determinadas rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas o entidades no residentes. La empresa paraguaya puede actuar como agente de retención.
¿El INR es siempre 15%?
La tasa legal es 15%, pero se aplica sobre bases netas presuntas diferentes. Por eso el porcentaje efectivo sobre el pago bruto puede ser, por ejemplo, 10,5%, 4,5% o 15% según el concepto.
¿Una empresa paraguaya paga impuestos por clientes extranjeros?
Puede hacerlo. El país del cliente no determina por sí solo la fuente ni el tratamiento del IRE o IVA.
¿Conviene una EAS por impuestos?
Puede ser competitiva, pero la elección debe basarse en actividad, responsabilidad, socios, reinversión, distribución y fiscalidad internacional, no únicamente en la tasa nominal del IRE.
El “10% Paraguay” es el inicio del análisis, no el final
Paraguay tiene una fiscalidad empresarial competitiva.
Pero comunicarla correctamente exige distinguir:
- IRE: beneficio de la empresa;
- IVA: operación gravada;
- IDU: distribución de beneficio;
- INR: determinadas rentas pagadas a no residentes.
Una empresa que reinvierte, una EAS que reparte todo a un socio extranjero y una compañía que paga royalties o servicios internacionales pueden tener una carga muy diferente aunque las tres tengan “IRE 10%”.
La estructura correcta se diseña sobre el flujo completo del dinero: cómo entra, qué gastos tiene la empresa, qué se reinvierte, qué se distribuye y qué se paga al exterior.
Modela la fiscalidad antes de elegir la estructura
Si estás valorando una EAS u otra empresa paraguaya, analizamos el circuito completo de beneficios, dividendos y pagos internacionales para evitar decidir únicamente por una tasa nominal.
Fuentes oficiales y última revisión
Última revisión: agosto de 2026.
- DNIT — Ley N.º 6380/2019: IRE, IDU, INR e IVA.
- DNIT — Preguntas frecuentes IRE, IDU e IVA.
- DNIT — recordatorio IDU, abril de 2026.
- DNIT — IRE RESIMPLE, información 2026.
Este contenido es informativo. Las tasas domésticas pueden verse afectadas por convenios, regímenes especiales y características concretas de la operación. La correcta retención de INR, la deducibilidad del gasto y la aplicación de convenios deben revisarse antes de realizar pagos internacionales.



