N30 Paraguay

Sistema fiscal de Paraguay para extranjeros: impuestos, territorialidad y reglas de fuente

Respuesta rápida: Paraguay aplica un sistema tributario basado principalmente en la fuente de la renta, no un impuesto general sobre la renta mundial como el de muchos países europeos. Pero eso no significa que “todo ingreso extranjero tribute al 0%”. La clave es determinar dónde se genera jurídicamente cada renta, qué impuesto aplica y si quien la obtiene es una persona física, una empresa paraguaya o un no residente.

Esta precisión es esencial porque gran parte de la información que circula sobre la fiscalidad paraguaya utiliza una fórmula demasiado simple:

“Si el cliente está fuera de Paraguay o el dinero llega desde una cuenta extranjera, la renta es extranjera y no tributa.”

Esa regla no existe.

La Ley N.º 6380/2019 utiliza criterios específicos de fuente. Para los servicios personales, por ejemplo, importa especialmente dónde se desarrolla físicamente la actividad. En diciembre de 2025, la DNIT confirmó en consultas vinculantes que un servicio prestado desde Paraguay a un cliente extranjero puede estar alcanzado por impuestos paraguayos, mientras que la parte de un servicio efectivamente prestada desde el exterior puede quedar fuera del IRP paraguayo.

Por eso, entender el sistema fiscal de Paraguay exige ir más allá del eslogan “territorial”.

Una de las dudas que más se repite cuando analizamos estructuras internacionales es precisamente esta: personas que han entendido correctamente que Paraguay no aplica un modelo general de renta mundial, pero dan un salto demasiado rápido y concluyen que cualquier factura, dividendo o cobro procedente del exterior está automáticamente fuera de impuestos. La ventaja del sistema paraguayo existe, pero depende de clasificar bien cada renta.

¿Qué significa realmente que Paraguay tenga un sistema fiscal territorial?

En términos generales, Paraguay grava las rentas de fuente paraguaya.

La Ley N.º 6380/2019 utiliza como criterio general las rentas que provienen de:

  • actividades desarrolladas en Paraguay;
  • bienes situados en Paraguay;
  • derechos utilizados o aprovechados económicamente en Paraguay.

Este enfoque es distinto al de países que, una vez determinada la residencia fiscal de una persona, pretenden gravar de forma general su renta mundial.

Si todavía no tienes clara esa primera capa, conviene separar antes cómo se obtiene y acredita la residencia fiscal en Paraguay de la pregunta distinta de qué rentas quedan sometidas a tributación paraguaya.

Pero “territorial” no significa:

  • que todo pago recibido desde el extranjero sea renta extranjera;
  • que todo cliente extranjero genere renta extranjera;
  • que una renta solo tribute si el dinero se transfiere a Paraguay;
  • que las sociedades paraguayas ignoren cualquier operación internacional;
  • que todas las personas residentes tengan exactamente el mismo tratamiento.

La fuente no se determina por el banco que envía el dinero.

Se determina aplicando las reglas del impuesto correspondiente a la naturaleza real de la renta.

Paraguay no funciona como una “remittance basis” general

Uno de los errores más frecuentes consiste en afirmar que una renta extranjera no tributa “mientras no se traiga el dinero a Paraguay”.

Ese enfoque confunde fuente con remesa.

La pregunta fiscal correcta no es:

“¿En qué banco cobré?”

Sino:

“¿Dónde y cómo se considera generada esta renta según la Ley N.º 6380/2019?”

Una renta puede ser de fuente paraguaya aunque el cliente pague desde Madrid, Miami o Buenos Aires.

Cómo se determina la fuente de una renta en Paraguay

No existe una única regla válida para todos los ingresos.

La fuente cambia según estemos hablando de:

  • servicios profesionales;
  • beneficios empresariales;
  • alquileres;
  • intereses;
  • dividendos;
  • ganancias de capital;
  • regalías;
  • servicios digitales;
  • pagos a no residentes.
Tipo de renta Pregunta principal de fuente Error habitual
Servicios personales ¿Dónde se realiza físicamente el trabajo? Mirar solo dónde está el cliente
Alquiler inmobiliario ¿Dónde está situado el inmueble? Mirar dónde se cobra el alquiler
Empresa paraguaya ¿Qué actividad desarrolla y qué reglas especiales de fuente resultan aplicables? Asumir que todo lo facturado fuera es automáticamente “offshore”
Dividendos ¿Qué entidad los distribuye y dónde está constituida/reside? Aplicar una regla universal a dividendos locales y extranjeros
Intereses ¿Quién paga, dónde está la inversión y qué sujeto recibe la renta? Tratar todos los intereses internacionales igual
Derechos / regalías ¿Dónde se utiliza o aprovecha económicamente el derecho? Mirar solo el país del titular
No residentes ¿Existe renta de fuente paraguaya según las reglas del INR? Suponer que un proveedor extranjero nunca tributa en Paraguay

Esta es la razón por la que una planificación seria debe analizar renta por renta.

Los principales impuestos de Paraguay que debe conocer un extranjero

Para empresarios, profesionales e inversores extranjeros, los impuestos más relevantes suelen ser los siguientes:

Impuesto Qué grava Tasa / referencia general Quién suele verse afectado
IRP Rentas personales de fuente paraguaya Servicios personales: 8%, 9% y 10% por tramos de renta neta. Capital: 8% en los supuestos gravados Personas físicas
IRE Rentas empresariales de fuente paraguaya y supuestos específicos definidos por ley 10% sobre renta neta en General y SIMPLE Empresas, sociedades y determinadas estructuras
IVA Bienes, servicios e importaciones dentro de su ámbito territorial 5% o 10%; 10% es la tasa general para los demás casos Empresas y profesionales, según actividad
IDU Dividendos y utilidades distribuidos en supuestos gravados 8% residentes / 15% no residentes Socios y accionistas
INR Rentas de fuente paraguaya obtenidas por no residentes 15% sobre la base imponible determinada para cada supuesto Personas y entidades no residentes

Importante: la tasa nominal no siempre equivale a la carga efectiva final. Especialmente en el INR, la ley puede establecer bases imponibles específicas según el tipo de renta. Por eso no debe aplicarse simplemente un “15% sobre todo pago al exterior”.

IRP: cómo tributan las personas físicas en Paraguay

El Impuesto a la Renta Personal (IRP) grava determinadas rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas físicas.

La Ley N.º 6380/2019 separa fundamentalmente:

  • rentas derivadas de servicios personales;
  • rentas y ganancias del capital.

IRP sobre servicios personales

Para los servicios personales, la ley grava la renta de fuente paraguaya obtenida por personas físicas residentes.

La regla de fuente del artículo 48 parte de las actividades desarrolladas en Paraguay.

Las tasas sobre la renta neta son progresivas:

  • 8% hasta G. 50.000.000;
  • 9% para el tramo comprendido entre G. 50.000.001 y G. 150.000.000;
  • 10% para el tramo igual o superior a G. 150.000.001.

Además, la Ley N.º 6380/2019 establece que cuando los ingresos brutos provenientes de servicios personales no superen G. 80.000.000 en el ejercicio fiscal, se mantienen las obligaciones formales que correspondan pero no nace obligación de pago del IRP-RSP en ese ejercicio.

Esto no debe confundirse con el IVA, que tiene su propia lógica.

IRP sobre rentas y ganancias del capital

La categoría de capital incluye determinados ingresos y ganancias vinculados a bienes, derechos e inversiones de fuente paraguaya.

La tasa aplicable a las rentas y ganancias del capital gravadas por IRP es, con carácter general, del 8%.

Pero no toda inversión global de una persona residente queda automáticamente dentro de esa categoría.

Hay que analizar la fuente y el tipo de activo.

IRE: fiscalidad de las empresas en Paraguay

El Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) grava las rentas, beneficios o ganancias de fuente paraguaya provenientes de actividades económicas, salvo aquellas que correspondan al IRP.

La tasa del IRE General y del IRE SIMPLE es del 10% sobre la renta neta.

¿Una empresa paraguaya solo tributa por clientes paraguayos?

No.

Una empresa constituida en Paraguay puede facturar a clientes extranjeros y seguir generando renta alcanzada por el IRE.

Además, las reglas de fuente del IRE son más amplias de lo que suele resumirse en blogs de expatriación.

El artículo 6 de la Ley N.º 6380/2019 considera de fuente paraguaya las rentas provenientes de actividades desarrolladas en Paraguay, bienes situados o derechos utilizados económicamente en el país, pero también incluye determinados supuestos específicos.

Entre ellos existen reglas para:

  • asistencia técnica y determinados servicios;
  • cesión de uso de bienes y derechos;
  • operaciones financieras;
  • seguros y reaseguros;
  • transporte internacional;
  • instrumentos financieros derivados;
  • determinadas actividades realizadas en el exterior por contribuyentes del IRE.

Por eso, afirmar que una sociedad paraguaya puede recibir cualquier ingreso extranjero “libre de impuestos” es incorrecto.

IRE General, SIMPLE y RESIMPLE

La DNIT distingue diferentes regímenes de liquidación según la actividad y el volumen de ingresos.

  • IRE General: régimen general; tasa 10% sobre renta neta.
  • IRE SIMPLE: régimen simplificado para medianas empresas; tasa 10%.
  • IRE RESIMPLE: régimen simplificado para pequeñas empresas que cumplen los límites y requisitos correspondientes; utiliza una mecánica diferente.

La elección o aplicación del régimen no debería hacerse solo por “pagar menos”, sino según facturación, costes, estructura y obligaciones reales.

IVA en Paraguay: el impuesto que muchos profesionales remotos olvidan

El IVA grava, entre otros hechos, las prestaciones de servicios realizadas en territorio paraguayo.

La DNIT indica actualmente tasas del 5% y 10%, siendo el 10% la tasa general para los supuestos no incluidos en tasas reducidas.

Para servicios profesionales y digitales es especialmente importante entender que:

el hecho de que el cliente sea extranjero no elimina por sí solo el IVA paraguayo.

En una consulta vinculante de 22 de diciembre de 2025, la DNIT analizó a un profesional que prestaba desde Paraguay servicios de asistencia técnica y tareas administrativas a una empresa con sede en España.

La Administración concluyó que el servicio estaba alcanzado por el IVA porque la actividad se realizaba desde territorio paraguayo.

Es un ejemplo perfecto de por qué no debe confundirse:

  • cliente extranjero;
  • pago extranjero;
  • servicio prestado desde Paraguay.

Son elementos distintos.

Leer nuestra guía específica sobre el IVA en Paraguay.

IDU: qué ocurre cuando una empresa paraguaya distribuye beneficios

El Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU) grava determinadas distribuciones de dividendos, utilidades y rendimientos.

La DNIT confirmó en abril de 2026 que las tasas generales son:

  • 8% cuando el beneficiario es residente;
  • 15% cuando el beneficiario es no residente.

Este impuesto es especialmente relevante para extranjeros que crean una EAS, SA u otra entidad paraguaya y posteriormente retiran beneficios.

Un error habitual consiste en mirar solo el IRE del 10% y olvidar la tributación que puede aparecer al distribuir utilidades.

Por eso hay que distinguir:

  1. beneficio de la empresa;
  2. IRE de la empresa;
  3. distribución al socio;
  4. IDU correspondiente;
  5. tratamiento del dividendo en el país de residencia del socio, si fuera distinto de Paraguay.

¿Qué ocurre con dividendos, intereses e inversiones extranjeras?

Este es uno de los puntos donde más cuidado requiere la expresión “Paraguay no grava la renta extranjera”.

Para una persona física, determinadas rentas procedentes de activos situados o entidades constituidas fuera de Paraguay pueden quedar fuera del IRP paraguayo si no cumplen las reglas de fuente paraguaya.

Pero eso no autoriza a afirmar que:

  • todo dividendo extranjero está siempre exento;
  • todo interés de un banco extranjero está siempre fuera del sistema;
  • cualquier estructura internacional está automáticamente libre de impuestos;
  • la misma regla se aplica a una sociedad paraguaya.

Las empresas paraguayas están sometidas a reglas propias del IRE y el artículo 6 de la Ley N.º 6380/2019 contiene supuestos específicos para rentas financieras y actividades internacionales.

Por eso hay que diferenciar siempre:

Situación Análisis correcto
Persona física residente con acciones de una sociedad extranjera Analizar fuente, naturaleza del dividendo y reglas del país de origen
Persona física residente con inmueble alquilado fuera de Paraguay Analizar fuente del alquiler y tributación en el país donde está el inmueble
Persona física que trabaja desde Paraguay para empresa extranjera Analizar trabajo desarrollado en Paraguay: no asumir renta extranjera
Sociedad paraguaya que recibe ingresos financieros del exterior Aplicar reglas específicas del IRE; no extrapolar las reglas de la persona física
Socio no residente que cobra dividendos de empresa paraguaya Analizar IDU y obligaciones en el país del socio

Trabajar desde Paraguay para clientes extranjeros: la regla que cambia el análisis

Para consultores, programadores, marketers, agencias, freelancers y otros profesionales digitales, esta es probablemente la regla más importante de todo el sistema.

El artículo 48 de la Ley N.º 6380/2019 considera de fuente paraguaya, con carácter general, las rentas derivadas de actividades desarrolladas en Paraguay.

La DNIT lo ha aplicado de forma muy clara.

Si trabajas desde Paraguay

En la consulta vinculante N.º 829, de diciembre de 2025, la DNIT indicó que la parte de un servicio efectivamente realizada desde Paraguay para clientes extranjeros queda alcanzada por el IRP cuando se cumplen los demás elementos del impuesto.

Si el trabajo se realiza realmente desde otro país

En esa misma consulta, la DNIT concluyó que la parte del trabajo realizada desde Colombia u otro país no cumplía el elemento territorial del IRP y no quedaba alcanzada por ese impuesto.

Si trabajas parte en Paraguay y parte fuera

La DNIT distinguió las dos porciones:

  • actividad realizada desde Paraguay → puede ser fuente paraguaya;
  • actividad efectivamente realizada desde el extranjero → puede quedar fuera del IRP por territorialidad.

Esto destruye dos mitos opuestos:

“Todo lo que paga un cliente extranjero es 0%.”

y:

“Si eres residente en Paraguay, todo tu trabajo mundial tributa automáticamente allí.”

Ambos son incorrectos.

Este punto tendrá desarrollo específico en nuestra futura guía sobre trabajo desde Paraguay para clientes extranjeros; por ahora, la regla importante es no confundir el país del cliente con la fuente fiscal del servicio.

INR: cuándo un extranjero no residente puede tributar en Paraguay

El Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) grava determinadas rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas físicas, jurídicas y otras entidades no residentes.

La tasa general indicada por la DNIT es del 15%, aplicada sobre la base imponible que corresponda a cada supuesto.

La ley incluye, entre otros, casos relacionados con:

  • intereses y financiaciones;
  • ganancias vinculadas a bienes situados en Paraguay;
  • derechos utilizados en Paraguay;
  • determinados servicios prestados desde el exterior;
  • servicios realizados total o parcialmente en Paraguay;
  • servicios digitales utilizados o aprovechados en Paraguay.

Por eso, contratar a una empresa o profesional extranjero desde una empresa paraguaya puede generar obligaciones de retención o INR.

No debe analizarse únicamente la factura del proveedor extranjero.

¿Paraguay grava la renta mundial?

Para una persona física, Paraguay no aplica con carácter general el mismo modelo de imposición sobre renta mundial utilizado por países como España.

El IRP se construye sobre rentas de fuente paraguaya.

Sin embargo, resumirlo como “Paraguay nunca grava nada del extranjero” también es incorrecto porque:

  • la fuente puede ser paraguaya aunque el pagador esté fuera;
  • existen reglas específicas para determinados ingresos;
  • el IRE contiene reglas propias para empresas;
  • el INR alcanza determinados pagos o rentas de no residentes;
  • el IVA utiliza su propia territorialidad;
  • un convenio internacional puede modificar el resultado.

La expresión correcta sería:

Paraguay utiliza un sistema predominantemente territorial, pero cada renta debe clasificarse conforme a sus reglas de fuente.

¿Quieres saber cómo tributaría tu caso concreto en Paraguay?

No basta con saber dónde están tus clientes o tus cuentas bancarias. Analizamos actividad, residencia, empresas, fuentes de renta y países implicados para determinar qué queda realmente dentro y fuera del sistema paraguayo.

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Casos prácticos: cómo cambia la fiscalidad según la fuente

Caso 1. Consultor español que vive y trabaja desde Asunción

Un consultor residente en Paraguay presta servicios desde Asunción a empresas españolas.

Que los clientes estén en España no convierte automáticamente los honorarios en renta extranjera.

Debe analizar:

  • IRP por el servicio realizado desde Paraguay;
  • IVA por la prestación realizada en territorio paraguayo;
  • RUC y facturación;
  • su salida fiscal de España, si procede.

Resultado: el país del cliente no decide por sí solo la fuente.

Caso 2. Residente en Paraguay que pasa tres meses trabajando físicamente desde Colombia

Una profesional mantiene su residencia paraguaya pero presta durante parte del año determinados servicios físicamente desde Colombia a clientes extranjeros.

La consulta vinculante N.º 829 muestra que el lugar real de ejecución puede ser determinante para IRP.

Resultado: la residencia y la fuente del servicio no son exactamente la misma pregunta.

Caso 3. Inversor residente con inmueble alquilado en España

Un residente paraguayo posee un inmueble en Madrid y cobra alquiler.

El inmueble está situado fuera de Paraguay y España mantiene potestad tributaria sobre esa renta conforme a sus propias reglas.

Hay que revisar:

Resultado: no debe analizarse como si fuera un servicio prestado desde Paraguay.

Caso 4. EAS paraguaya con clientes en Estados Unidos

Una EAS paraguaya desarrolla desde Asunción servicios de software para empresas de Estados Unidos.

La sociedad es paraguaya y su actividad se desarrolla en Paraguay.

Resultado: facturar al exterior no convierte automáticamente el beneficio empresarial en “renta offshore no gravada”. Debe analizarse IRE, IVA y las reglas aplicables a la operación.

Caso 5. Socio argentino de una empresa paraguaya

Una sociedad paraguaya genera beneficio y distribuye dividendos a un socio que continúa siendo no residente fiscal en Paraguay.

Debe analizarse el IDU aplicable al beneficiario no residente y, además, el tratamiento de ese dividendo en Argentina.

Resultado: el IRE de la empresa y la tributación del socio son capas diferentes.

9 errores frecuentes al explicar la fiscalidad de Paraguay

1. “Todo ingreso extranjero está exento”

Demasiado amplio. Primero hay que determinar la fuente conforme al impuesto y al tipo de renta.

2. “Si no transfieres el dinero a Paraguay, no tributa”

Incorrecto como regla general. Paraguay no utiliza una remittance basis general para determinar la fuente.

3. “Cliente extranjero = renta extranjera”

Incorrecto para servicios prestados desde Paraguay.

4. “Una EAS paga solo 10% y ya está”

El IRE es solo una capa. Pueden existir IVA, IDU, INR, retenciones y otras obligaciones.

5. “Todos los residentes paraguayos tienen 0% sobre dividendos extranjeros”

No debe utilizarse como afirmación universal. Hay que distinguir persona física, empresa, fuente, entidad pagadora y jurisdicciones implicadas.

6. “El IVA no existe si facturas al exterior”

La consulta vinculante N.º 827 de 2025 demuestra que un servicio realizado desde Paraguay para una empresa española puede quedar gravado por IVA.

7. “RUC significa residencia fiscal”

No. El RUC es un registro tributario; la residencia fiscal es una condición distinta.

8. “Paraguay no tiene convenios de doble imposición relevantes”

Hay que revisar el convenio aplicable al país concreto. Por ejemplo, España y Paraguay tienen un convenio actualmente en vigor.

9. “La estructura más barata es siempre la mejor”

Una persona física, una EAS y una estructura internacional pueden generar resultados fiscales y de cumplimiento muy diferentes.

Preguntas frecuentes sobre el sistema fiscal de Paraguay

¿Paraguay tiene un sistema fiscal territorial?

Sí, el sistema se basa predominantemente en rentas de fuente paraguaya. Sin embargo, la fuente se determina mediante reglas específicas y no simplemente por el país del cliente o del banco.

¿Paraguay grava la renta mundial de las personas físicas?

El IRP grava las rentas de fuente paraguaya y no aplica de forma general el mismo modelo de renta mundial de países como España. Aun así, cada renta debe analizarse conforme a las reglas paraguayas de fuente.

¿Los ingresos del extranjero tributan en Paraguay?

Depende. El hecho de que el dinero llegue del extranjero no determina la fuente. Un servicio realizado desde Paraguay para un cliente extranjero puede ser renta de fuente paraguaya.

¿Si dejo el dinero en una cuenta extranjera evito impuestos en Paraguay?

No existe una regla general de ese tipo. La tributación depende de la naturaleza y fuente de la renta, no solo de dónde se mantenga el dinero.

¿Cuál es la tasa del IRP?

En servicios personales, las tasas sobre renta neta son progresivas del 8%, 9% y 10%. Las rentas y ganancias del capital gravadas por IRP tienen, con carácter general, una tasa del 8%.

¿Cuál es el impuesto de sociedades en Paraguay?

El IRE General y el IRE SIMPLE aplican una tasa del 10% sobre renta neta. Existen otros regímenes, como RESIMPLE, con reglas distintas.

¿Cuál es el IVA en Paraguay?

La DNIT indica tasas del 5% y 10%. El 10% es la tasa general para los supuestos no sujetos a tasa reducida.

¿Qué impuesto pagan los dividendos de una empresa paraguaya?

El IDU aplica, con carácter general, una tasa del 8% para beneficiarios residentes y del 15% para no residentes, sujeto a las reglas y excepciones aplicables.

¿Qué es el INR?

Es el Impuesto a la Renta de No Residentes. Grava determinadas rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas o entidades no residentes. La tasa general es del 15% sobre la base imponible que corresponda.

¿Puedo facturar desde Paraguay a clientes extranjeros?

Sí, pero debes analizar RUC, IRP o IRE según tu estructura, IVA, facturación y la fuente real de la actividad.

¿Una empresa paraguaya con clientes extranjeros paga IRE?

Puede pagarlo. El lugar del cliente no determina por sí solo la fuente del beneficio empresarial. Hay que analizar dónde se desarrolla la actividad y las reglas específicas del IRE.

¿Necesito una EAS para aprovechar el sistema fiscal paraguayo?

No necesariamente. Para algunos perfiles es mejor operar como persona física; para otros, una EAS u otra sociedad puede ser adecuada. La elección depende del negocio, riesgos, socios, ingresos y objetivos.

Paraguay puede ser fiscalmente competitivo, pero la ventaja está en aplicar bien las reglas

Paraguay ofrece tipos impositivos moderados y un sistema territorial que puede resultar atractivo para empresarios, profesionales e inversores internacionales.

Pero la oportunidad real no está en una supuesta fórmula:

“Residencia paraguaya + cliente extranjero = 0%.”

La oportunidad está en construir correctamente:

  • la residencia fiscal;
  • la fuente de cada renta;
  • la actividad personal;
  • la empresa, cuando sea necesaria;
  • la facturación;
  • los dividendos;
  • las relaciones con no residentes;
  • y la salida fiscal del país anterior.

En N30 Paraguay analizamos el caso completo antes de recomendar una estructura. El objetivo no es pagar “lo mínimo” a cualquier precio, sino construir una situación legal, defendible y operativamente sostenible.

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Fuentes oficiales y última revisión

Última revisión: agosto de 2026.

Este contenido es informativo y no sustituye asesoramiento fiscal o jurídico individual. La tributación depende de los hechos concretos, de la condición del contribuyente, del tipo de renta y de los países implicados.

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